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Fuente: Espinoza, Alexander, “Principios de Derecho Constitucional”, ISBN:980-12-2254-9, Instituto de Estudios Constitucionales, Caracas 2006.
La euforia
inicial por la participación también ha encontrado ciertas críticas. Sobre todo fue objeto de escepticismo la
pretensión de universalidad, esto es, de aplicación en toda
área del derecho, así como de participación permanente. Por otra parte, encontramos la experiencia de
que la participación directa del individuo en decisiones materiales,
frecuentemente resulta ilusoria, por la formación de grupos y formas
representativas que se convierten en mediadores.[i]