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Fuente: Espinoza, Alexander, “Principios de Derecho Constitucional”, ISBN:980-12-2254-9, Instituto de Estudios Constitucionales, Caracas 2006.
Cuadro 7. Sujeción de los Poderes Públicos a los derechos prestacionales
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PODER LEGISLATIVO |
PODER EJECUTIVO |
PODER JUDICIAL |
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a (CUMPLE) Crea el derecho subjetivo: quién, cuándo, cómo puede reclamar al Estado bienestar social. |
a (CUMPLE) Simplemente cumple la obligación establecida en la ley. También puede hacer más de lo que la ley exige, sin limitar derechos de los demás. |
REVISA: Si la protección otorgada es suficiente para garantizar un mínimo de la existencia, según el principio de la dignidad humana = Existencia digna |
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a (CUMPLE) Igual al anterior. |
r (NO CUMPLE) |
Ante el incumplimiento del Ejecutivo, el juez puede obligarlo a cumplir la ley. |
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r (NO CUMPLE) |
a (CUMPLE) Puede cumplir obligaciones de dar o hacer aún cuando la ley no lo establezca |
Igual al anterior. También puede obligar al Legislador a dictar la ley |
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r (NO CUMPLE) |
r (NO CUMPLE) |
A falta de ley, el juez puede obligar al Ejecutivo a otorgar, por lo menos un mínimo |