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Fuente: Espinoza, Alexander, “Principios de Derecho Constitucional”, ISBN:980-12-2254-9, Instituto de Estudios Constitucionales, Caracas 2006.

 

Cuadro 7.  Sujeción de los Poderes Públicos a los derechos prestacionales

PODER LEGISLATIVO

PODER EJECUTIVO

PODER JUDICIAL

a (CUMPLE) Crea el derecho subjetivo: quién, cuándo, cómo puede reclamar al Estado bienestar social.

a (CUMPLE) Simplemente cumple la obligación establecida en la ley.  También puede hacer más de lo que la ley exige, sin limitar derechos de los demás.

REVISA: Si la protección otorgada es suficiente para garantizar un mínimo de la existencia, según el principio de la dignidad humana = Existencia digna

a (CUMPLE) Igual al anterior.

r (NO CUMPLE)

Ante el incumplimiento del Ejecutivo, el juez puede obligarlo a cumplir la ley.

r (NO CUMPLE)

a (CUMPLE) Puede cumplir obligaciones de dar o hacer aún cuando la ley no lo establezca

Igual al anterior. También puede obligar al Legislador a dictar la ley

r (NO CUMPLE)

r (NO CUMPLE)

A falta de ley, el juez puede obligar al Ejecutivo a otorgar, por lo menos un mínimo